DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que preceden este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por resolución de contrato de arrendamiento, interpuesta por la ciudadana LIGIA NUÑEZ CAMEJO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad y Titular de la Cédula de Identidad N° 15.474.079, y de este domicilio, contra la ciudadana YOSELYN DEL VALLE ZICCARDI MOLINA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro.11.247.498.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandante a cancelar las costas del presente juicio por haber resultado totalmente vencida en el mismo, ello a tenor de lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil .
Dada, firmada y sellada a los cinco (05) días del mes de abril de 2008, en la sala del despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscr.....