En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:----------------
PRIMERO: Con lugar la solicitud de divorcio fundamentada en el Artículo 185-"A", del Código Civil, presentada por los ciudadanos FABIANA GIANINA SILVA MARCANO y HUGO RAFAEL MUÑOZ CENTENO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 18.940.082 y V-13.798.199, respectivamente.-----------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 11-08-2009, por ante el Registro Civil del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, según consta en acta de matrimonio inserta bajo el Nro. 112, de los libros de Reg.....