Esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana Victoria Eugenia Pinzon de Aguilera, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.742.919, debidamente asistida por la Abogada Alida Espinoza, inscrita en el Inpreaboado bajo el Nº 43.758, en beneficio del niño "Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes". SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana Victoria Eugenia Pinzon de Aguilera, antes identificada, para que en nombre y representación de su precitado hijo, acudan ante el Instituto de Previsión d.....