el Tribunal comprobado como ha sido el derecho que los solicitantes alegan y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TÍTULO DE POSESIÓN DE VEHICULO, a favor de la ciudadana WILMAR CAROLINA SALAS YNDRIAGO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. V-25.807.076, sobre el siguiente vehículo: MARCA: Nissan, MODELO: Sentra, AÑO 1997, COLOR: Beige, SERIAL Motor: 4 CIL, SERIAL CARROCERIA: 3N1BDAB14V004489, PLACA: OAH-50S, USO: particular; se deja a salvo los derechos de terceros de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y se advierte que el presente Decreto basado en las declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fe y de los recaudos anexos a la presente solicitud, en ningún caso causara efecto de cosa Juzgada y que perderá toda eficacia o valor jurídico para el caso de que se demuestre lo inexactitud de los hechos afirmados p.....