CAPITULO II
DE LA PRUEBA DE TESTIGOS
Ratifica, Promueve y reproduce las pruebas testimoniales de los JUSTIFICATIVOS DE DECLARACIÓN DE HECHO con el fin de que ratifiquen la declaración efectuada por ante la Notaria Pública Segunda de Porlamar del Estado Nueva Esparta, en fecha 02/10/2013, que cursa a los folios 105 al 109 de la primera pieza del presente expediente, de los ciudadanos siguientes: 1.-) OTTO ZEEKENDORF GÓMEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V-3.718.155, domiciliado en la Vega del Cardón, Paraguachí, Municipio Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta; 2.-) JESÚS ALBERTO VÁSQUEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº v-17.655.132 domiciliado en el Sector el Chorro, vía la Aguada, La Asunción, Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta; 3.-) OSCAR JOSÉ SUBERO BELLO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº v-14.174.908, domiciliado en la Calle Negro Primero, Los Robles, Municipio Mane.....