el Tribunal comprobado cómo ha sido el derecho que los solicitantes alegan y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUPLETORIO DE POSESION DE VEHICULO ( MOTO), a favor del ciudadano PEDRO JOSÉ BARROSO RONDÓN, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V- 16.649.818, sobre el siguiente vehículo: CLASE MOTOCICLETA, TIPO MOTOCICLETA, USO PARTICULAR, MARCA KEEWAY, MODELO RKV 200, AÑO 2013, COLOR ROJO, SERIAL CHASIS 8123N1M28DM007609, SERIAL DEL MOTOR: KW164FML2480181, SERIAL DE CARROCERIA 8123N1M28DM007609, SERIAL N.I.V.: 8123N1M28DM007609, PLACA AA5U80W; se deja a salvo los derechos de terceros de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y se advierte que el presente Decreto basado en las declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fe y de los recaudos anexos a la presente solicitud, en ningún caso causara ef.....