ADMITE apelación en lo que concierne a la ‘Primera Denuncia’ del escrito recursivo, inherente al pronunciamiento de admisión de medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público. INADMISIBLE las otras denuncias, ejercida por el abogado TOMÁS CASTILLO AZÓCAR, contra decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas, con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de fecha 26/02/2014.