DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Mixto de Juicio, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, POR UNANIMIDAD, ABSUELVE al joven adulto, IDENTIDAD OMITIDA venezolano, natural de Porlamar, con fecha de nacimiento 04 de Diciembre de 1.984, de dieciocho años de edad, soltero, con cédula de identidad No. 17.847.675, de los cargos formulados por la Representación Fiscal, de conformidad con lo previsto en el artículo 602 ordinal e) de la Ley Orgánica sobre Protección del Niño y del Adolescente y en consecuencia ordena: Primero: el cese de las medidas cautelares que pesan sobre el mencionado ciudadano, y por tanto se revocan las medidas cautelares impuestas al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA por el Tribunal de Control Nº 02 de esta Sección de Adolescentes, por auto de fecha 22 de Noviembre del 2002, contenidas en los literales c) y d) del artículo .....