Por todas las razones expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por las representantes de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial de este estado, en fecha cuatro (04) de julio del año dos mil ocho (2008), basado en el ordinal 4 del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: REVOCA Parcialmente LA DECISIÓN dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en fecha veintiocho (28) de junio del año dos mil ocho (2008), en lo que respecta al decreto de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad otorgada a favor del ciudadano VIDAL JOSÉ MADOO PESTANA.
TERCERO: SE REVOCA LA MEDIDA SUSTITUTIVA otorgada por el Juez Cuarto de Primera Instancia en Func.....