Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, Administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO, presentada por el ciudadano ANDRÉS NIETO USHIÑA, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro V-24.108.871, respectivamente, debidamente asistido por el Profesional del Derecho ciudadano: SANTIAGO GONZÁLEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 36.593, en consecuencia, se abstiene del archivo definitivo del expediente, hasta tanto quede definitivamente firme esta decisión. Asimismo se acuerda la devolución del documento consignado con la Letra "A" contentivo de la compra venta realizada por la parte actora y la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRANCIA 98 C.....