PRIMERO: Le imparte su homologación al acuerdo transaccional celebrado en fecha 21.02.2022, por la abogada MARVIC LOPEZ MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 14.841.724 e inscrita con el Inpreabogado bajo el N° 106.867, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, y la abogada IRIS DEL VALLE VASQUEZ VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.702.071, e inscrita con el Inpreabogado bajo el N° 69.854, en su carácter de parte actora, conforme a lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio; Asimismo se ordena expedir por secretaria dos (2) juegos de copias certificadas de la transacción y de este auto, de conformidad con el artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, cúmplase una vez sean suministradas las copias simples para su certificación y.....