En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos ANA VERONICA RANGEL LEAL y FRANCISCO JAVIER ROJAS ALVAREZ, ya identificados con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: Disuelto, el vinculo Matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 12 de Septiembre de 2008, por ante el Registro Civil del Municipio Mariño, según consta de Acta N° 168, folios 459, 460 y 461, del libro de Registro Civil de Matrimonios, todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.-