Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en SEDE CONSTITUCIONAL, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN ejercida por la sociedad mercantil “ONIX TRADING COMPANY, C.A.”, contra la sentencia dictada en fecha 27 de mayo de 2.003 por el Juez de Segunda Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Nueva Esparta, que declaró Parcialmente Con Lugar la acción de amparo sobrevenido incoado por “EL EMPERADOR, C.A.” contra “ONIX TRADING COMPANY, C.A.”, nulo el auto de fecha 11 de junio de 2.002 que decretó la medida de secuestro y ordenó la devolución de la mercancía secuestrada.
Queda así revocada la sentencia apelada especialmente en los particulares Primero, Segundo y Tercero de su .....