Por los motivos anteriores expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos CARMEN MANUELA GONZALO Y MIGUEL EFRAIN BRITO RONDON, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.224.212 y V-13.192.348 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une; en virtud del matrimonio civil celebrado ante el prefecto del Municipio Antolin del Campo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 18 de noviembre de 2004.-
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Pení.....