Por toda las razones de hecho y de derecho antes expuestas este TRIBUNAL SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la LEY, Declara:
Primero: Con Lugar la inhibición propuesta por la Dra. Ana Emma Longart Guerra, Juez Titular del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el presente juicio que por Cobro de Bolívares sigue el Banco Caracas, Saca contra la Sociedad Mercantil Plásticos de Oriente, C. A., Silvio Sabattini del Sordo y la Sociedad Mercantil Prome, C.A..-
Segundo: En consecuencia, se dispone que la Juez Titular de este Juzgado Superior, no continúe conociendo la presente causa.-
Tercero: No hay condenatoria en costas dada la especial naturaleza del presente fallo interlocutorio.....