éste Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la parte apelante, ciudadano DOMINGO RIVERO RUÍZ, a través de su Apoderado Judicial, abogado MARIA LUISA FINOL. SEGUNDO: Se revoca parcialmente el auto de admisión de prueba de fecha 29-02-08 corregido el día 04-03-2008, en consecuencia se ordena a la Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la admisión de la prueba promovida por la parte actora en el Capitulo IV denominada Inspección Judicial.
TERCERO: No hay expresa condenatoria en costa dada la naturaleza del caso CUARTO: Remítase el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines legales consiguientes.