este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: CON LUGAR, la Inhibición planteada por la ciudadana Abg. AHISQUEL ÁVILA, en su carácter de Jueza Segunda de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta.
Remítase al Juzgado antes mencionado Copia Certificada de la presente decisión para que esté en conocimiento de la misma y la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de su distribución al Juzgado de Juicio del Trabajo que deba conocer la presente causa.
Publíquese, Regístrese, Diarícese y Déjese Copia.