Al respecto y a los efectos de ilustrar a los solicitantes, el Código de Procedimiento Civil, en su Libro Cuarto, DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES, CAPITULO SEXTO, contiene el Procedimiento del Juicio de Cuentas, mecanismo procesal este que a juicio de quien aquí decide es el adecuado para lograr el cometido de los solicitantes.
Asimismo, y a los efectos de pronunciarme sobre la admisión de la presente solicitud, el artículo 24 de la Ley de Propiedad Horizontal, antes enunciado establece la posibilidad a los propietarios de dirigirse al Juez de Distrito o Departamento de la respectiva jurisdicción para que este convoque la asamblea, cuando el administrador por cualquier causa deje de convocarla. El resaltado es nuestro.
De la exposición de los hechos explanados en la solicitud, no se señala esta circunstancia, y de la revisión de las actas que conforman el expediente no existe elemento alguno, que demuestre que se ha cumplido con esta condición, de dirigirse al adm.....