PRIMERO: PROCEDENTE la SOLICITUD DE JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA (TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÒN AGRARIO), presentada por la ciudadana ANDREINA DEL VALLE GARCIA DE GARCIA, de oficio pescadora, titular de la cédula de identidad Nº V-19.807.154, domiciliada en el Sector el Cardón, Municipio Antolín del Campo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, debidamente asistido por el Abogado YUNIOR MANUEL SANCHEZ QUIJADA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 307.937, Defensor Público Auxiliar Agrario y Pesquera de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, sobre Un (01) Motor Fuera de Borda cuyas características son las siguientes: SERIAL: 784529; MARCA: SUZUKI; COLOR: NEGRO; MODELO: DT40 destinado a las actividades o labores de pesca artesanal, en el Municipio Antolín del Campo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en virtud que cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley.
SEGUNDO: Como consecuencia del precedente particular, se ACUERDA OTORGAR JUSTIFICATIV.....