PRIMERO: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO de la demanda y el RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por la ciudadana AMERICA CAROLINA ESSER GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-16.545.666, contra el ciudadano FELIPE ELEAZAR GONZALEZ SANTAELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.392.876, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Como consecuencia de la referida decisión, se declara legalmente Reconocido en su contenido y firma del Instrumento Privado a que se contrae la presente demanda, en lo que respecta a las actuaciones celebradas entre la ciudadana AMERICA CAROLINA ESSER GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-16.545.666, por una parte, y por la otra, el ciudadano FELIPE ELEAZAR GONZALEZ SANTAELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.392.876, marcado con la le.....