Ahora bien, evidencia este Juzgado que la demanda fue estimada por la actora en su escrito libelar en la cantidad de treinta mil bolívares (Bs. 30.000,00), monto éste que –conforme a lo señalado– permite el acceso al conocimiento de la Sala de Casación Civil del Máximo Tribunal. Es por este motivo que este Tribunal Superior Accidental ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 20-02-2025 (f. 259), por el ciudadano GUILLERMO GONZÁLEZ NÚÑEZ, asistido por el profesional del derecho PEDRO ELIAS FERNÁNDEZ LEÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.342, parte demandante en el presente procedimiento, en contra de la sentencia dictada por este Juzgado Superior Accidental en fecha 05-02-2025. Se hace constar que el último día para anunciar el recurso de casación fue el día jueves 20 de febrero de 2025 (inclusive). ASÍ SE DECIDE. -
De igual manera, en virtud de que el presente expediente presenta doble foliatura, tachadura y enmendadura en sus folios, se ordena la corrección en los f.....