´´IV.- DISPOSITIVA.
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación del acta nacimiento de la ciudadana ANA SILVA VARGAS CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.145.653, domiciliada en la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, expedida por la expedida por la Unidad de Registro Civil del Municipio Mariño del estado Nueva Bolivariano Esparta, anotada bajo el Nro. 716, al vuelto del folio 31, en los Libros de Registro Civil de Nacimientos del año 1973.
SEGUNDO: Se ordena corregir la referida acta de la siguiente manera: Que donde aparezca "ANDRÉS VA.....