Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: ---------------
PRIMERO: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN por pérdida del interés procesal DE LA PARTE ACTORA, la cual fue incoada por el ciudadano CÉSAR ERNESTO GARCIA, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.373.006, domiciliado en Pampatar, Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a través de sus apoderados judiciales abogados JERJES DORTA MARTINEZ y SANDRA VILLALBA PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.382.872 y V-4.418.339, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 109.444 y 14.427, respectivamente, según poder cursante en los folios 11 al 14, en contra de .....