En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), incoada por el CONJUNTO RESIDENCIAL "LA ORQUIDEA" inscrito en la oficina Pública de Registro Inmobiliario del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, en fecha 20-07-1987, bajo el Nro. 03, folios del 8vto al 44vto, Protocolo, tomo 2, del tercer trimestre de 1987, a través de su apoderada judicial abogada en ejercicio ONEIDA OVIEDO PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.960.526, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.41.727, en contra de la ciudadana BELKIS COROMOTO GONZALEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-6.369.265, domici.....