V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos ANYELIS DEL VALLE GOMEZ MARTINEZ y JOSE GREGORIO SALAZAR MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-27.100.572 y V-20.901.811, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 03 de mayo de 2024, ante el Registro Civil del Municipio "General en Jefe Santiago Mariño" del estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta en Acta Nº 32, folio 32, Tomo I, inserta en los libros de Matrimonios del referido Registro Civil correspondiente al año 2024.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la sala de de.....