´En sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 15 de febrero de 2001, con ponencia del Magistrado PEDRO RONDON HAAZ, sentencia Nº 222, expediente Nº 00-2541, se estableció que cuando una persona, sin ser abogado, ejerce poderes judiciales, incurre en una manifiesta falta de representación, al carecer de esa especial capacidad de postulación que detenta todo abogado que no se encuentra inhabilitado para el ejercicio libre de la profesión, conforme a lo previsto en la Ley de Abogados y demás leyes de la República.
En el caso bajo análisis la persona a quien le fue otorgado poder amplio y suficiente, el ciudadano JESÚS RAFAEL VÁSQUEZ, anteriormente identificado, no es un profesional del derecho y por ende no puede acudir a un proceso judicial para representar los intereses de la empresa mercantil ROFRER, S.A., antes identificada, por lo cual, la falta de postulación observada por este Tribunal conlleva a una situación que origina la prohibició.....