V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana HENEIDY DEL VALLE VASQUEZ VELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.936.456 contra el ciudadano ALEXIS ANTONIO CONTRERAS VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.663.500.-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 24 de diciembre de 1992, ante el Registro Civil del Municipio Foráneo Guarataro, Municipio Sucre Estado Bolívar, según consta en Acta Nº 27, folios 77 al 78, inserta en los libros de Matrimonios correspondientes al año 1992.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justic.....