TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
Porlamar, once (11) de febrero de 2026.
215º y 166º.-
Visto el contenido de la diligencia suscrita en fecha 09-02-2026, por el Abogado en ejercicio LEONARDO IRIBARREN URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-9.236.577, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 44.221, quien actúa con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora CONDOMINIO DEL EDIFICIO RESIDENCIAS BAHIA DORADA, cuyo documento de condominio complementario según señalan, fue protocolizado en la oficina pública de Registro inmobiliario del Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 21-06-2000, bajo el N°1, Folio 2 al 228, Tomo Nro. 9, Protocolo Primero, Segundo Trimestre del año 2000; representación que consta según instrumento poder autenticado ante la notaría Pública de Pampatar estado Nueva Esparta en fecha 11-10-2023, bajo el Nro. 29, Tomo 16, Folios 99 al 101; mediante la cual DESISTE DE LA DEMANDA en la causa judicial de COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) intentada en contra del ciudadano ROGER ALEXANDER AGORREA NAVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-14.786.870; por cuanto se puede desistir de la demanda antes de la etapa de contestación, este Tribunal, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Levántese la medida ejecutada en fecha 14-12-2023, y archivese expediente. --------------------------------------------------------------------------------
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a los once (11) días del mes de febrero de dos mil veintiséis (2026). Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación. ---------------------------------------------------------------------------------------------
El Juez

Abg.José Gregorio Pacheco,
La Secretaria,

Abg. Yennifer Soto Velásquez.

Expediente Nº 2023-2746
Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva Nro. 2026-4010.