Ir a Principal
Institucionales
Noticias
Eventos
Servicios
Directorio
Enlaces
Gestión Judicial
Gestión
Audiencias
Gestión Detallada
Decisiones
Ultimas Decisiones
Por Fecha
Múltiples Criterios
Por Tribunal
Jurisprudencia
Por Fecha
Indice Temático
Múltiples Criterios
Audiencias
Foros
viernes, 28 de septiembre de 2012
PROCEDIMIENTO DE CONSIGNACIÓN JUDICIAL DE PAGOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA POR PARTE DE LOS TRIBUNALES CIVILES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COMUNICADO OFICIAL
La Rectoría de la Circunscripción Judicial y la Dirección Administrativa Regional del estado Nueva Esparta informan a la Colectiva Neoespartana que, de conformidad con la potestad atributiva de competencia otorgada a la Presidencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia para la tramitación de todos los asuntos relativos a la transferencia de fondos en materia arrendaticia de vivienda al Ejecutivo Nacional, donde la Junta Directiva de este Máximo Tribunal, solicitó la conformación de un equipo multidisciplinario para atender el asunto in comento, sobre la instrucción presidencial de designar un equipo multidisciplinario para agilizar el traspaso de los recursos consignados por los inquilinos en los Tribunales, hacia el Fondo de Protección al Inquilino y al Pequeño Arrendador.
Para lo que la Presidencia de la referida Sala designó a los miembros de la Comisión de Implementación de los Circuitos Judiciales en los Tribunales Civiles, Mercantiles y del Tránsito en el ámbito nacional, quienes coordinaran las acciones de transferencia con los Jueces Rectores y Jueces Coordinadores Civiles de todas las Circunscripciones Judiciales del país con el objetivo de fortalecer el proceso de transferencia de fondos por concepto de consignaciones arrendaticias de vivienda a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (SUNAVI), a través de la definición de lineamientos generales y de obligatorio acatamiento dirigidos a los jueces y juezas civiles de la República.
Es nuestro deber informar a la comunidad en general, a los fines que los titulares de la relación arrendaticia procedan por voluntad propia a realizar los respectivos retiros de las cantidades de dinero depositadas a su favor; en virtud que el día 12 de noviembre de 2012, prescribe el plazo para el retiro de las mismas provenientes del procedimiento judicial de consignación de pago en los Tribunales de la República, con la advertencia que dicho retiro no compromete de ninguna manera los derechos reclamados en los diferentes asuntos demandados.- Se ordena la publicación del presente comunicado y del respectivo listado en un diario de mayor circulación en el estado Nueva Esparta.
BETTYS LUNA AGUILERA
JUEZA RECTORA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
Autor:
Rectoria de la Circunscripción Judicial y Dirección Administrativa Regional del estado Nueva Esparta
Fecha de Publicación:
28/09/2012
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados