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jueves, 24 de marzo de 2011
RESOLUCIÓN Nº 01 EMANADO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
Acto Solemne con motivo de la inauguración de los Tribunales con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer.
 
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

PRESIDENCIA

LA ASUNCIÓN

La Asunción, 23 de Marzo de 2011

200° y 152°

RESOLUCIÓN Nº 01

La Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en ejercicio de sus atribuciones que le confieren los artículos 533, en su primera parte y 534, encabezamiento y ordinales 2° y 3°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

CONSIDERANDO

Que Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, entre otros, la Justicia, la igualdad y en general, la preeminencia de los derechos humanos, y que es deber ineludible del Estado cumplir y garantizar el mandato prescrito en la norma del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de acceso a los órganos de Administración de Justicia que ostenta toda persona para hacer valer sus derecho e intereses incluso los colectivos o difusos, a la tutela judicial efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente y con oportuna adecuada respuesta. CONSIDERANDOQue, el artículo 115 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cuya última reimpresión por error material fue la publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.770 del 17 de septiembre de 2007, dispone que compete a los Tribunales de Violencia contra la Mujer y a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia el ejercicio de la jurisdicción para la resolución de los asuntos que sean sometidos a su decisión, conforme a lo que establece dicha Ley, las leyes de organización judicial y la reglamentación interna, CONSIDERANDOQue, de conformidad con el artículo 116 de la referida Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, fueron creados los Tribunales de Violencia contra la Mujer que tendrán su sede en Caracas, en cada capital de estado, y en las demás localidades que determine el Tribunal Supremo de Justicia a través de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, CONSIDERANDOQue por Resolución número 2008-0049, de fecha 15 de octubre de 2008, el Tribunal Supremo de Justicia, resolvió la implementación de los Tribunales con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer en la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta. CONSIDERANDO Que el VIERNES VEINTICINCO (25) DE MARZO DE DOS MIL ONCE (2011), se efectuará en esta Sede Judicial, Acto Solemne con motivo de la inauguración de los Tribunales con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer. CONSIDERANDOQue los Jueces, Juezas y demás personal adscrito a este Circuito Judicial Penal, deberán asistir al Solemne Acto, por cuanto nuestro objetivo, es la unificación del personal que conforma esta Dependencia Judicial para que mancomunadamente podamos garantizar Seguridad y Protección a todas las mujeres de nuestra Región Insular. RESUELVE Artículo 1: Se decreta día LABORABLE SIN DESPACHO en el Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, el día VIERNES VEINTICINCO (25) DE MARZO DE DOS MIL ONCE (2011), debiéndose tomar las previsiones necesarias con respecto a los procedimientos de guardia. Artículo 2: Con motivo de la inauguración de los Tribunales de Violencia Contra la Mujer, todo el personal que labora en este Circuito Penal, salvo motivos justificados, debe acudir al aludido Acto Solemne, el cual se celebrará en las instalaciones de esta Sede Judicial, en la fecha indicada.Artículo 3: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha.Artículo 4: Notifíquese de la presente Resolución, a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, a la Rectoría del estado Nueva Esparta, a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a la Dirección Administrativa Regional, al Fiscal Superior, a la Coordinadora de la Defensa y su respectiva publicación en la página web.tsj.regiones.
 
Autor:
  PRESIDENCIA CIRCUITO PENAL / DAR
 
Fecha de Publicación:
  24/03/2011
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