Este Tribunal IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de dicha Ley, pasando con autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia, por cuanto la Ejecución del incumplimiento del acuerdo, corresponde al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo para el Régimen Transitorio de esta Circunscripción Judicial, se ordena la inmediata remisión del presente expediente, anexo a oficio, dirigido al Juzgado antes señalado. Líbrese oficio.
GLADYS MAITA BERICOTO.-
JUEZ TEMPORAL.-
ABG. PAULA DIAZ MALAVER.-
SECRETARIA TEMPORAL
En esta misma fecha (20-08-04), se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
ABG. PAULA DIAZ MALAVER.-
SECRETARIA TEMPORAL