Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION incoada por el ciudadano JOSE ALTAGRACIO PACHECO, por Cobro de Bolívares (LABORAL), contra la Empresa DESARROLLOS BALCONES DE GUACUCO C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos, de acuerdo a los fundamentos explanados en la parte motiva del presente fallo.-
No hay expresa condenatoria en costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de la Asunción, a los Trece (13) días del mes de Mayo del año dos mil cuatro (2004). Años: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
GLADYS MAITA BERI.....