En virtud de las consideraciones precedentes y por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo para el Régimen Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: Declina la competencia para conocer la presente causa, instaurada por el ciudadano Dimas Rafael Aguilera Veliz en contra de la Alcaldía del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, al Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo con sede en Barcelona, Estado Anzoátegui...