Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, de la presente OFERTA REAL DE PAGO consignada por el abogado en ejercicio JESUS MILANO MONTAÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-12.739.354, inscrito en el instituto de previsión social bajo el Nº 83.627, Apoderado Judicial de la entidad de trabajo CIUDAD MARGARITA C.A, con motivo de la oferta real de pago presentada a favor de la ciudadana AURA SOFIA ZERPA CORTECIA, titular de la cédula de identidad Nº V-20.904.396, Signada con el Nº OP02-S-2015-000026, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte oferente, entidad de trabajo CIUDAD MARGARITA C.A, a los fines .....