Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, de la presente OFERTA REAL DE PAGO consignada por la abogada en ejercicio MARIA TERESA ALSINA VACA, titular de la cédula de identidad Nº V-14.018.692, Apoderada Judicial de la entidad de trabajo ADMINISTRADORA LAGUNAMAR C.A, con motivo de la oferta real de pago presentada a favor de la ciudadana ADRIANA DEL VALLE CARRASQUEL GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-26.243.857, Signada con el Nº OP02-S-2017-000054, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte oferente, entidad de trabajo ADMINISTRADORA LAGUNAMAR C.A, a los fines que tenga conocimiento de la prese.....