Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la pretensión intentada, condenándose a la parte demandada al pago de los conceptos y montos reclamados por la demandante, los cuales son discriminados de la siguiente manera:
Ciudadano Marcos Antonio Ramírez: Tiempo de servicio 08 meses y 4 días, desempeñándose como Electricista con un Salario Mensual de (Bs. 600.000,00) a) Antigüedad Art. 108 L.O.T. 45 días Bs. 1.116.975,00 b) Intereses sobre Prestaciones Sociales Art. 108 L.O.T. Bs. 32.248,52, c) Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionadas cláusula 24 de la Convención Colectiva de Trabajo de la Industria de la Construcción Similares y Conexos de Venezuela, 38,67 días Bs. 773.333, 33, d) Utilidades Fraccionadas cláusula 25 de la Convención Colectiva de Trabajo de la Industria de la Construcción Similares y Conexos de Venezuela 54,67 días Bs. .....