este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la OFERTA REAL DE PAGO, presentada por el Abogado Alfredo Surumay, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 123.343, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil "CENTRO DE EDUCACIÓN INICIAL AGUA VIVA, C.A."; a favor de la ciudadana ANA IVELIA STREDEL MATA, titular de la cédula de identidad Nº V-14.716.004, en el asunto signado con el No. OP02-S-2013-000053, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte oferente, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con.....