Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda incoada por las ciudadanas VERONICA BEATRIZ ROMERO HERNANDEZ y ZULEIMA EL VALLE DIAZ NAVARRO, venezolanas, titulares de la cédula de identidad N° V-12.505.142 y V- 12.223.698, en su mismo orden, debidamente asistidas por el Abogado en ejercicio GEYBELTH ALFONZO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 80.759, parte demandante en el presente asunto, contra la entidad de trabajo HIDROLOGICA DEL CARIBE. C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, signada con el ASUNTO: OP02-L-2017-000095, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ord.....