este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda incoada por el ciudadano WIMBEL ALEJANDRO LÓPEZ DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.222.608, en contra de la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L., por COBRO DE ACREENCIAS LABORALES (SALARIOS CAIDOS Y DEMÁS BENEFICIOS DEJADOS DE PERCIBIR), signada con el Nº OP02-L-2016-000179, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte demandante, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa .....