Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda incoada por el Abogado en ejercicio MANUEL DE JESÙS BELISARIO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado el Nº 246.339, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano BENITO JOSÈ MONTILLA VIELMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.685.399, contra las entidades de trabajo RGB LOGÍSTICA, C.A., y GLOBAL BRANDS, C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, signada con el Nº 15-2021 (PROVISIONAL), de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte demandante, a los fines que tenga conocimi.....