En tal sentido, a los fines de garantizar a la ciudadana NANCY CARICOTE LOVERA, una tutela judicial cautelar, de conformidad con el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece: "A petición de parte, podrá el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, acordar las medidas cautelares que considere pertinentes a fin de evitar que se haga ilusoria la pretensión, siempre que a su juicio exista presunción grave del derecho que se reclama. Contra dicha decisión se admitirá recurso de Apelación en un solo efecto...", con fundamento en lo anteriormente expuesto, se decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre el inmueble constituido por una (01) edificación, situada en la población de La Mira, calle Silmar, Jurisdicción del Municipio Antolin del Campo, del Estado Nueva Esparta. En consecuencia, se ordena oficiar al Registrador Inmobiliario antes indicado, a los fines legales consiguientes.- Líbrese Oficio.
Igualmente se ordena la notificación de las .....