Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda incoada por la ciudadana YAMARIS JOSÉ RODRIGUEZ MATA, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.855.982, en contra de la Empresa SEGURICOR DE VENEZUELA, S.A., así como de los ciudadanos JOSÉ GAVINO APOLINAR ROMERO y JACQUELINE ROSA FERNÁNDEZ MORGADO, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, signada con el Nº OP02-L-2009-000420, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte demandante, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas, en conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa de.....