Éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano PEDRO LUIS PERALES, contra las empresas TRANSPORTE GADALETA C.A. y TRANSPORTE GADALETA II, C.A. SEGUNDO: Se condena a las demandadas pagar al demandante ciudadano PEDRO LUIS PERALES, la cantidad de CIENTO VEINTIÚN MIL NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON VEINTISEIS CÉNTIMOS (Bs. 121.099,26) más lo que resulte de los intereses de prestaciones sociales, mora y corrección monetaria en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: Este Juzgado ordena realizar una experticia complementaria del fallo, a los fines de calcular los intereses sobre la prestación de antigüedad generada durante la relación de trabajo, la misma será calculada desde la fecha en que le nació el dere.....