este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN, y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda intentada por las ciudadanas MARÍA CONSUELO GÓMEZ LUNA, MAGALLY SILVA BELLO y RITA ALEJANDRA RODRÍGUEZ VILLARROEL, contra las Empresas AMÉRICAS CONTACT CENTERS, C.A.; TNT, C.A., G.F.J DE VENEZUELA, C.A. y NATIONAL VESITOR CENTER DE VENEZUELA, C.A., signada con el No. OP02-L-2007-000469, en conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte demandante, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas, en conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 11 de la Ley.....