este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente acción interpuesta por la Abogada CRISTINA QUIJADA FERNÀNDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 178.484, en su carácter de Apoderada Judicial de la Empresa Sociedad Mercantil "LITORAL DE PROTECCIÒN Y VIGILANCIA INTEGRAL, C.A." (LIPROINCA), en contra del ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES contenido en el Auto de fecha 04 de abril de 2013, y el Acta de fecha 22 de mayo de 213, emitidos por el Inspector del Trabajo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, contenidos en el expediente N° 047-2013-01-00660. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. TERCERO: Notifíquese a .....