este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la Falta de Cualidad alegada por la empresa demandada SALON DE BELLEZA CARITAS C.A. para sostener este juicio.-
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana VERONICA YELITZA LEAL GUTIERREZ, en contra de la Empresa SALON DE BELLEZA CARITAS C.A. ambas partes debidamente identificadas.-
TERCERO: Se condena a la Empresa SALON DE BELLEZA CARITAS C.A. pagar a la actora los siguientes conceptos: antigüedad conforme al articulo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, le corresponden 107,00 días; vacaciones y bono vacacional 2008-2009, conforme al articulo 225 ejusdem, le corresponden 22, 00 días; vacaciones y bono vacacional fraccionado articulo 225 ejusdem, le corresponden 16,00 días; utilidades 2008, artículo 174 ejusdem, le corresp.....