este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en Sede Constitucional, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional intentada por la Ciudadana ENJORLI LISBETH CAMACHO SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.402.813., contra la Sociedad Mercantil BECA ORIENTE C.A., RIF Nº J-31405010-9, por violación de los derechos Constitucionales al Trabajo, a la protección del trabajo como hecho social, y a la Estabilidad Laboral, previstos en los artículos 87, 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se ordena la Inmediata Restitución de la Situación Jurídica Infringida y la Ejecución inmediata e incondicional de la Providencia Administrativa Nº 1346-11, de fecha 08 de Agosto de 2011, dictado en el Expediente administrativo Nº .....