este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARÍA INÉS ANGELI MASSIAN en contra de la Sociedad mercantil CENTRO MEDICO QUIRÚRGICO LA FE C.A.
SEGUNDO: Se condena en costas a la ciudadana INÉS ANGELI MASSIAN, por haber sido totalmente vencida en el presente proceso, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.