este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EDDY JOSE NARVAEZ MORAOS, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.654.600, contra la Sociedad Mercantil Empresas "IMPORTADORA CAINAIMA C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 05 de Agosto de 1.976, anotado bajo el Nº 298, Tomo I. y J.M MARGARITA C.A, plenamente identificada en autos.
SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil "IMPORTADORA CAINAIMA C.A., y J.M MARGARITA C.A, plenamente identificada en autos, pagar al ciudadano EDDY JOSE NARVAEZ MORAOS. TERCERO: Se ordena la cancelación de los intereses sobre prestaciones sociales, en base al monto condenado a pagar en la motiva del prese.....