Este Juzgado revoca por contrario imperio de Ley el auto de fecha 3 de Octubre de 2.005, en conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia, se ordena remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de su distribución al correspondiente Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial . Cúmplase.